Contrato de Apertura de Crédito Simple (PYME)

CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, CAPITALTA, S.A.P.I. DE C.V., SOFOM, E.N.R., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL], A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “CAPITALTA”, Y POR OTRA PARTE, [RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA], REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA], A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ACREDITADO”.

DECLARACIONES

I. Declara CAPITALTA, por conducto de su representante legal:

a) Ser una sociedad mercantil legalmente constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

b) Que su representante legal cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente contrato.

c) Que su objeto social principal es el otorgamiento de crédito, y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) de la CONDUSEF.

II. Declara EL ACREDITADO, por conducto de su representante legal:

a) Ser una sociedad mercantil legalmente constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con RFC [RFC del Acreditado].

b) Que su representante legal cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente contrato.

c) Que su domicilio para todos los efectos de este contrato es [Domicilio del Acreditado].

d) Que los fondos del crédito serán utilizados para fines lícitos relacionados con su actividad empresarial.

Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. - OBJETO. CAPITALTA otorga a EL ACREDITADO una apertura de crédito simple hasta por la cantidad de $[MONTO DEL CRÉDITO] ([MONTO EN LETRA] Pesos 00/100 M.N.) (el “Crédito”).

SEGUNDA. - DESTINO DEL CRÉDITO. EL ACREDITADO se obliga a destinar los recursos del Crédito exclusivamente para capital de trabajo, compra de inventario, pago a proveedores o cualquier otro fin lícito relacionado con su objeto social.

TERCERA. - DISPOSICIÓN. La disposición del Crédito se realizará dentro de las 24 (veinticuatro) horas hábiles siguientes a la firma del presente contrato, mediante transferencia a la cuenta CLABE [CLABE del Acreditado] del banco [Banco del Acreditado], a nombre de EL ACREDITADO.

CUARTA. - PLAZO. El plazo total del Crédito es de [PLAZO EN MESES] meses, contados a partir de la fecha de disposición.

QUINTA. - INTERESES ORDINARIOS. EL ACREDITADO se obliga a pagar a CAPITALTA intereses ordinarios a una tasa de interés fija anual del [TASA DE INTERÉS ORDINARIA]%, calculada sobre saldos insolutos.

SEXTA. - AMORTIZACIÓN Y PAGOS. EL ACREDITADO se obliga a pagar el Crédito, más los intereses ordinarios, mediante [NÚMERO DE PAGOS] pagos mensuales, iguales y consecutivos de $[MONTO DEL PAGO MENSUAL], los días [Día de Pago] de cada mes. Se adjunta como Anexo A la tabla de amortización.

SÉPTIMA. - INTERESES MORATORIOS. En caso de incumplimiento, EL ACREDITADO pagará intereses moratorios a una tasa anual del [TASA DE INTERÉS MORATORIA]% sobre el monto del capital vencido.

OCTAVA. - COMISIONES. EL ACREDITADO pagará una Comisión por Apertura única del [PORCENTAJE DE COMISIÓN]% sobre el monto del Crédito, descontada al momento de la disposición.

NOVENA. - PAGOS ANTICIPADOS. EL ACREDITADO podrá realizar pagos anticipados sin penalización.

DÉCIMA. - OBLIGADO SOLIDARIO. Comparece el C. [NOMBRE DEL OBLIGADO SOLIDARIO], quien se constituye como obligado solidario.

DÉCIMA PRIMERA. - VENCIMIENTO ANTICIPADO. CAPITALTA podrá dar por vencido anticipadamente el plazo en caso de incumplimiento de dos o más pagos, declaración de concurso mercantil o falsedad en la información.

DÉCIMA SEGUNDA. - JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE. Las partes se someten a las leyes federales de México y a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de México.

Leído que fue el presente contrato, lo firman por duplicado en la Ciudad de México, el día [Fecha de Firma].


CAPITALTA, S.A.P.I. DE C.V., SOFOM, E.N.R.


EL ACREDITADO


OBLIGADO SOLIDARIO